Sí. Hay que tener en cuenta que el artículo 17.2 de la Ley de Ordenación de Edificación establece un principio de responsabilidad individualizada para todos los agentes intervinientes en el proceso edificatorio (incluidos los propios usuarios y propietarios en comunidad) salvo que no pueda discernirse el grado de responsabilidad en el defecto, es decir, de…

Si tiene alguna necesidad por incumplimiento contractual, defectos constructivos o impugnación de acuerdos, no dude en contactar con Inmoabogados. Nuestros abogados especialistas en derecho inmobiliario , defectos contructivos y cooperativas se dedicarán íntegramente a trazar todo el proceso judicial.

El Presidente tiene capacidad para representar a la Comunidad como a todos y cada uno de los vecinos, tanto para la reparación de elementos comunes como privativos, salvo que con alguno de los copropietarios exista algún conflicto de intereses. Para ello, es necesario que se convoque Junta General que autorice al Presidente a emprender acciones…

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En supuestos de promociones inmobiliarias en régimen de alquiler, los arrendatarios sí podrán exigir todas las responsabilidades posibles al promotor en virtud de su relación contractual. En el resto de supuestos, en principio, el artículo 17.1 de la Ley de Ordenacion de la Edificación ( L.O.E.) establece que los agentes intervinientes responderán frente a los…

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No. Dado que el plazo de prescripción es muy breve (tan sólo dos años a contar desde que se produzcan -artº 18.1 de la Ley de Ordenacion de la Edificación-) es muy importante que la comunicación cumpla los siguientes requisitos: 1º Que la envíe quien adquirió la vivienda o su legítimo usuario. 2º Que se…

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