A veces la Comunidad tarda o se niega injustificadamente a otorgar una autorización cuando ésta es necesaria para llevar a cabo obras en viviendas o locales que afectan a elementos comunes. Ejemplos de lo anterior son las autorizaciones de la Comunidad para cambios de radiadores en las viviendas, salidas de humos para locales, instalación de compresores de aire acondicionado, etc… )

La autorización la debe emitir la Junta de Vecinos y, en caso de retrasarse de forma injustificada, la Comunidad debe indemnizar al vecino por los daños y perjuicios ocasionados.

En la SAP de Barcelona de 9 de enero de 2008, la Comunidad tuvo que indemnizar al propietario de un restaurante por haber autorizado con retraso el acceso a los elementos comunes para instalar una extracción de humos; esa extracción era necesaria para la licencia que le permitía abrir una terraza adicional. El propietario fue indemnizado incluso con el lucro cesante por dicha negativa.

El procedimiento judicial para exigir la autorización es el ordinario y no vemos encaje en las medidas cautelares previstas en la Ley para anticipar dicha autorización puesto que no se prevén las llamadas «medidas autosatisfactivas».

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