No. Para INMOABOGADOS, el ex socio deja de gozar de los derechos y obligaciones que tiene la condición de socio en la Cooperativa desde el momento en que su baja surte efecto.
Sin embargo, entendemos que, a los efectos de poder informarse sobre las circunstancias que motivan la calificación y liquidación económica de su baja u otros aspectos que puedan acarrearle responsabilidades económicas, debe tener derecho a examinar determinada documentación social de la Cooperativa: libro registro de socios, cuentas anuales, libro de actas del Consejo Rector, Comité de Recursos y Asamblea, etc … .
En caso de que la Cooperativa o la Gestora le deniegue este derecho de información, entendemos que podría solicitarse la misma mediante el auxilio judicial por la vía de las diligencias preliminares del artículo 256.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Si tiene alguna necesidad por incumplimiento contractual, defectos constructivos o impugnación de acuerdos, no dude en contactar con Inmoabogados. Nuestros abogados especialistas en derecho inmobiliario , defectos contructivos y cooperativas se dedicarán íntegramente a trazar todo el proceso judicial.