Sí es válido. La falta de visado puede ser una irregularidad a efectos disciplinarios en el Colegio profesional correspondiente (arquitectos, aparejadores, ingenieros, etc… ) pero en absoluto menoscaba su contenido ni lo invalida como prueba.

Lo anterior, es la opinión pacífica de muchas de nuestras audiencias provinciales, por ejemplo en las siguientes sentencias: SAP de Pontevedra de 9 de marzo de 2009, SAP de Málaga de 12 de julio de 2005, SAP de Teruel de 4 de febrero de 2003, etc…

Sin embargo, y a pesar de gozar de plena validez, siempre es recomendable visar el dictamen puesto que le reviste de mayor formalidad.

Si tiene alguna necesidad por incumplimiento contractual, defectos constructivos o impugnación de acuerdos, no dude en contactar con Inmoabogados. Nuestros abogados especialistas en derecho inmobiliario , defectos contructivos y cooperativas se dedicarán íntegramente a trazar todo el proceso judicial.