INMOABOGADOS entiende que el comprador sí puede negarse dada la importancia que tiene dicha licencia tanto para acreditar que la obra ejecutada se ajusta al uso permitido como a lo previsto en la licencia de obras. Baste citar como ejemplos de lo anterior, las sentencias de la Audiencia Provincial de Madrid de 30 de noviembre de 2005 (FJ 3º y 4º), de la Audiencia Provincial de Cádiz de 19 de enero de 2007 (FJ 2º), de la Audiencia Provincial de Málaga de 28 de junio de 2007 (FJ 3º), etc …
Cosa distinta a la anterior, como se ha visto en el post RESOLUCIÓN POR NO TENER LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN, es saber si la falta de licencia o retraso en su obtención puede llegar a justificar una resolución contractual.
Si tiene alguna necesidad por incumplimiento contractual, defectos constructivos o impugnación de acuerdos, no dude en contactar con Inmoabogados. Nuestros abogados especialistas en derecho inmobiliario , defectos contructivos y cooperativas se dedicarán íntegramente a trazar todo el proceso judicial.