La vigilancia de la obra paralizada debe recaer sobre el dueño de la obra (normalmente el promotor). Sin embargo, también, es frecuente que, ante una paralización convenida, el constructor siga asumiendo esa labor.
Especialmente delicado es el control de su acceso (vallado y señalización) para evitar daños a terceros que, de forma indebida, se hayan podido introducir. Para ello, es necesaria una vigilancia lo más frecuente posible sobre todo el perímetro de la misma, procurando, en caso de rotura, su más rápida reparación.
INMOABOGADOS recomienda siempre la contratación de un seguro de responsabilidad civil que cubra cualquier posible siniestro exigiendo responsabilidad al promotor. En el supuesto de accesos no autorizados de forma continuada (especialmente posibles en obras de urbanización) se recomienda denunciar los hechos ante la Administración competente y comunicar a la Compañía Aseguradora tal circunstancia para que ponderen la agravación del riesgo.
Si tiene alguna necesidad por incumplimiento contractual, defectos constructivos o impugnación de acuerdos, no dude en contactar con Inmoabogados. Nuestros abogados especialistas en derecho inmobiliario , defectos contructivos y cooperativas se dedicarán íntegramente a trazar todo el proceso judicial.