Las eflorescencias -manchas blancas formadas por cristales de sales que se depositan en los ladrillos- no tienen por qué considerarse defectos de acabado si su origen estriba en la propia naturaleza de los materiales empleados; sin embargo, si su origen se debe a condensaciones o humedades evitables que comprometan la habitabilidad de la vivienda, sí podrían constituir un defecto constructivo o un vicio ruinógeno. La SAP de Guipuzoca de 21 de mayo de 2009 no las consideró vicios ruinógenos por cuanto , a pesar de deberse a la existencia de humedades en la cámara de aire, no comprometían la habitabilidad de las viviendas.
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