¿PUEDE NEGARSE UN COMPRADOR A RECIBIR LA VIVIENDA SI NO HAY LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN?
INMOABOGADOS entiende que el comprador sí puede negarse dada la importancia que tiene dicha licencia tanto para acreditar que la obra ejecutada se ajusta al uso permitido como a lo previsto en la licencia de obras. Baste citar como ejemplos de lo anterior, las sentencias de la Audiencia Provincial de Madrid de 30 de noviembre de 2005 (FJ 3º y 4º), de la Audiencia Provincial de Cádiz de 19 de enero de 2007 (FJ 2º), de la Audiencia Provincial de Málaga de 28 de junio de 2007 (FJ 3º), etc …
Cosa distinta a la anterior, como se ha visto en el post RESOLUCIÓN POR NO TENER LICENCIA DE PRIMERA OCUPACIÓN, es saber si la falta de licencia o retraso en su obtención puede llegar a justificar una resolución contractual.
