Una vez contestada la demanda no vemos viable que puedan añadirse al pleito (en la audiencia previa al juicio) pretensiones adicionales o complementarias sobre defectos constructivos puestos de manifiesto tras la contestación a la demanda. Éstos deben ser objeto de un procedimiento nuevo. Nosotros creemos que no podrían solicitarse daños y perjuicios de reparación de […]
¿SE PUEDEN EXIGIR RESPONSABILIDADES AL ADMINISTRADOR DE UNA PROMOTORA INSOLVENTE?
Sí. Al estar la promotora incursa en causa legal de disolución, los administradores responden solidariamente de las deudas sociales que hayan nacido con posterioridad a la aparición de la causa de disolución, por lo que cabria exigir responsabilidades a los administradores ( aparición de graves fisuras una vez la promotora ya “haya desaparecido”) ; fuera […]
¿LA RECLAMACIÓN AL PROMOTOR INTERRUMPE EL PLAZO PARA RECLAMAR A OTROS AGENTES?
No. La responsabilidad que se deriva de daños en la edificación en principio es individual y no existe solidaridad; por lo que es importante que este tipo de reclamaciones se dirijan también a los agentes intervinientes que presupongamos pueden tener una responsabilidad concurrente con el promotor. Este criterio es pacífico y es mantenido recientemente por […]
¿SON DEFECTOS CONSTRUCTIVOS LAS EFLORESCENCIAS?
Las eflorescencias -manchas blancas formadas por cristales de sales que se depositan en los ladrillos- no tienen por qué considerarse defectos de acabado si su origen estriba en la propia naturaleza de los materiales empleados; sin embargo, si su origen se debe a condensaciones o humedades evitables que comprometan la habitabilidad de la vivienda, sí […]
¿LAS FISURAS EN PAREDES Y OTROS LUGARES SON DEFECTOS DE ACABADO?
Para determinar si una fisura es un defecto de acabado, afecta a la habitabilidad del inmueble o compromete la estabilidad del mismo debe analizarse su origen. No importa la apariencia externa de la fisura sino la causa desencadenante, a juicio de los peritos. Así por ejemplo: a) Fisuras en paredes que se forman por ausencia […]
¿LA COMUNIDAD ESTÁ OBLIGADA A REPARAR SI LOS DAÑOS SE DEBEN A DEFECTOS CONSTRUCTIVOS?
Ante este tipo de daños, la Comunidad no puede quedar exonerada de responsabilidad frente a los vecinos o usuarios. En ella recae la obligación de conservar el edificio y efectuar las obras necesarias para su adecuado sostenimiento (artº 10.1 de la Ley). Deberá indemnizar al perjudicado de los daños provocados y repetir contra el constructor […]
¿SE PUEDE DEMANDAR POR DEFECTOS CONSTRUCTIVOS A LA ENTIDAD DE GESTIÓN DE PROYECTOS O “PROJECT MANAGEMENT”?
Depende. Es necesario examinar dos aspectos: (i) el tenor del contrato entre el dueño de la obra (normalmente un promotor) y la citada empresa y (ii) la intervención real de dicha entidad en el proceso edificatorio. Si la empresa de “project” ha condicionado decisivamente la actuación del proceso podría justificarse su responsabilidad en las patologías, […]
¿UN MAL RENDIMIENTO DE LA CALEFACCIÓN ES PROBLEMA DE LA COMUNIDAD O PRIVATIVO DE CADA VECINO?
Muchas veces la escasa potencia de la calefacción puede deberse a la falta de elementos o al insuficiente número de radiadores de cada vivienda, si bien esta circunstancia sólo puede ser evaluada una vez que se verifique el correcto funcionamiento de la parte comunitaria de la instalación. La colocación de más elementos puede perjudicar al […]
¿EL PROMOTOR RESPONDE ANTE UN SANEAMIENTO DEFICIENTE SI ÉSTE SE DEBE A LA RED DE ALCANTARILLADO MUNICIPAL?
No. Los casos de pronunciamientos judiciales que conocemos suelen eximir al promotor por problemas en los colectores municipales (SAP de Madrid de 31 de octubre de 1995, FJ 4º, por ejemplo). INMOABOGADOS considera que si la insuficiencia de la red de alcantarillado municipal era conocible antes de proyectar la edificación y existían medios técnicos para […]
¿EL BANCO QUE VENDE UNA VIVIENDA TIENE LA MISMA RESPONSABILIDAD QUE EL PROMOTOR?
Sí. Actualmente es muy frecuente que el banco se quede con las viviendas del promotor todavía en construcción para poder cobrar sus préstamos (dación en pago). En dichas operaciones pueden incluirse pactos de exoneración o limitación de responsabilidad por defectos constructivos ante futuras reclamaciones de los usuarios de las edificaciones. El banco no podrá esgrimir […]
