No, no los hay. El arrendamiento nunca puede ser indefinido. Baste una simple lectura del artículo 1.543 del Código Civil para saber que es un contrato temporal. No obstante, tras décadas de vigencia del sistema de prórroga forzosa (potestativa para el inquilino y obligatoria para la propiedad), a partir del 9 de mayo de 1985 y hasta…