Actualmente son varias las Comunidades Autónomas que han suprimido la cédula de habitabilidad (Andalucía, Castilla La Mancha, Galicia, Castilla y Léon y País Vasco) o la reservan para segundas o posteriores entregas (Madrid y Aragón); en estos casos, la licencia de primera ocupación sustituye a la cédula y sería el documento que permitiría la cancelación…

No. El artículo 4 de la Ley 57/1968 establece de forma imperativa que estas garantías sólo se cancelarán cuando se otorgue la cédula de habitabilidad y se acredite la entrega de la vivienda. Es decir, cualquier plazo de vencimiento, que no guarde relación con lo anterior, será nulo de pleno derecho por limitar los derechos del…

Nos encontramos ante un  proceso especial de ejecución de tipo sumario con un conocimiento del asunto restringido. El juez se limita a conocer si los documentos que presenta el comprador reúnen los requisitos que exige la Ley: acreditar el no inicio o entrega de la vivienda. Por tanto, no creemos que pueda evaluarse el grado de diligencia del promotor, ni…

Sí. No basta con invocar que una cláusula es abusiva para que dicha invocación convenza al Tribunal.  Debe sopesarse la literalidad de la cláusula con las circunstancias concurrentes de cada caso concreto para saber si se está produciendo  indeterminación en elementos esenciales del contrato, arbitrariedad, falta de reciprocidad, desproporción, transgresión de derechos y garantías del consumidor, etc …  . En este sentido,…