En los denominados contratos de renta antigua anteriores al 9 de mayo de 1985, los arrendadores venían repercutiendo al arrendatario los gastos derivados de las obras de conservación necesarias, realizadas en la propia vivienda o respecto a elementos comunes de la edificación (tejado, bajantes, instalación eléctrica, estructura, etc.) Sin embargo, la Sentencia del Tribunal Supremo…