Desde hoy ya es posible que cualquier consumidor persona física se acoja al sistema extrajudicial de reclamación por «cláusula suelo». La norma puede consultarse aqui
Las líneas maestras del sistema son:
1º Está destinado al consumidor persona física que haya suscrito un préstamo o crédito hipotecario de interés variable con una cláusula que limite a la baja la variabilidad del tipo de interés ( artº 2.1 del RD Ley 1/2017).
2º Las entidades tienen un mes a contar desde hoy ( 21 de enero de 2017) para implementar un departamento específico para este tipo de reclamaciones y deberán garantizar que el sistema de reclamación extrajudical es conocido por sus clientes afectados ( artº 3.1 del RD Ley 1/2017)
3º La reclamación extrajudicial la inicia el consumidor por escrito y debe ser contestada en sentido positivo por el banco llegando a un acuerdo en un plazo máximo de tres mes o en sentido negativo explicando las razones para no atenderla ( artº 3.2 del RD Ley 1/2017)
4º Si el consumidor plantea la reclamación debe esperar a su resolución o a que transcurran tres meses sin que haya existido acuerdo para acudir a los tribunales ( artº 3.4 del RD Ley 1/2017)
5º La entidad puede ofrecer medidas compensatorias distintas a la devolución del efectivo otorgando un plazo de quince días al cliente para aceptarlas o no ( D. Adicional 2ª del RD Ley 1/2017)
6º Si ya se ha interpuesto demanda cabe , de común acuerdo con la entidad demandada, suspender el proceso judicial para tramitar esta reclamación ( D. Transitoria del RD Ley 1/2017).
7º Aunque es voluntario para el consumidor, acudir a los tribunales sin haber intentado esta reclamación previa evita que el banco pague las costas judiciales salvo que se oponga a la demanda y la sentencia favorezca al consumidor (artº 4.2 del RD Ley 1/2017).
Nuestra primera valoración al sistema extrajudicial es positiva aunque la clave de su éxito estará en la política comercial de cada entidad a la hora de ofrecer al afectado una medida compensatoria clara y realmente equivalente con el perjuicio causado. Acompañamos un Modelo Reclamacion Clausula Suelo para el caso de no haber interpuesto demanda todavía, si bien creemos que su envío debe esperar unos días hasta que las entidades implementen estos departamentos ya que la norma les concede un plazo de un mes a contar desde hoy y el deber de que dicho sistema llegue a oídos de los afectados.
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