Es habitual en municipios limítrofes a Madrid capital (Villanueva del Pardillo, Villanueva de la Cañada, Daganzo, Rivas, etc…) la venta de viviendas unifamiliares aisladas o pareadas sobre plano en la que los compradores firman una serie de documentos como si fueran autopromotores individuales de su propia vivienda. Según esos documentos, los compradores se dejan asesorar por una empresa ( un estudio de arquitectura, por ejemplo) que les ofrece la oportunidad de adquirir una parcela, un proyecto y un constructor, todos ellos predeterminados. Teóricamente no hay compra de vivienda sobre plano y teóricamente son los compradores quienes aparecen desde el principio como titulares de la parcela y quienes, bajo sus decisiones, se van construyendo la vivienda a medida. Y decimos «téoricamente» por cuanto es muy habitual que nada se firme si el comprador exige verse apoyado en el proceso por un técnicos o abogados externos a quién le vende el chalet.
A diferencia de la promoción habitual ( promotoras, cooperativas o comunidades ), la autopromoción individual (cuando uno se quiere construir su propia casa) carece de garantías por el dinero que se anticipa y, a veces también, carece del seguro decenal ( el referido a la estructura de la vivienda), pues éste no es obligatorio salvo que se quiera revender la vivienda antes de 10 años desde su finalización ( D. Ad. 2ª de la LOE 38/1999)
Es decir que el comprador en este planteamiento carece de garantías y, muchas veces sus contratos carecen de las garantías que cualquier promotor profesional exigiría a sus proveedores: avales y retenciones a los constructores, certificados de estar al corriente en obligaciones tributarias y seguros sociales, cobro de honorarios por hitos a la dirección facultativa, etc …)
Si no hay garantías suficientes ni se pueden contrastar las opiniones del equipo que teóricamente «asesora» al autopromotor, nuestro consejo será no entrar en este tipo de operaciones salvo que se acepte que existen riesgos relacionados con posibles sobrecostes, retrasos en la finalización de los trabajos u otras circunstancias como contratistas en concurso de acreedores, descubiertos frente a la Agencia Tributaria, proyectos arquitectónico deficientes con derramas adicionales, etc…
Si tiene alguna necesidad por incumplimiento contractual, defectos constructivos o impugnación de acuerdos, no dude en contactar con Inmoabogados. Nuestros abogados especialistas en derecho inmobiliario , defectos contructivos y cooperativas se dedicarán íntegramente a trazar todo el proceso judicial.